Nacionalidad Española por Simple Presunción (Colombia, Argentina, Perú, Cuba, Brasil) y Vía Rápida de 2 Años por Residencia

TL;DR · Respuesta directa

Base legal
Art. 17.1.c del Código Civil (simple presunción) y arts. 21 y 22 del Código Civil (residencia).
Plazo de resolución
Simple presunción: resolución del Registro Civil en pocos meses. Residencia: 1 año de plazo legal.
Requisitos
  • Simple presunción: nacido en España de padres extranjeros cuya ley no le atribuye nacionalidad
  • Residencia: 2 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior para iberoamericanos
  • Residencia: buena conducta cívica, examen CCSE y antecedentes limpios
¿Permite trabajar?
Sí: como español trabajas sin limitaciones (y el menor da arraigo familiar a sus padres).

Actualizado: · 13 min

Simple presunción: cuándo aplica

Si la legislación del país de los padres no atribuye su nacionalidad al hijo nacido en el extranjero (o la condiciona a una inscripción que no se ha hecho), el menor sería apátrida y España le reconoce la nacionalidad de origen.

Los criterios dependen de la ley de cada país y de las resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que se actualizan; por eso cada caso debe revisarse con la normativa vigente de Colombia, Argentina, Perú, Cuba o Brasil.

El efecto en los padres

Una vez reconocida la nacionalidad del menor, sus padres pueden acceder al arraigo familiar o a la tarjeta de familiar de ciudadano español.

Vía rápida de 2 años por residencia

Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y las personas de origen sefardí, pueden pedir la nacionalidad tras 2 años de residencia legal.

El tiempo en situación irregular no computa. Se exige el CCSE; los hispanohablantes están exentos del DELE.

Comparativa

Simple presunción vs. residencia
ConceptoSimple presunciónResidencia (2 años)
Para quiénMenores nacidos en EspañaAdultos y menores residentes
Tipo de nacionalidadDe origenAdquirida
ExámenesNoCCSE (DELE exento hispanohablantes)
OrganismoRegistro CivilMinisterio de Justicia
Plazo legalMeses1 año

Test de elegibilidad · 1/3

¿Tu hijo nació en España?

Preguntas frecuentes

¿Si inscribo a mi hijo en el consulado pierde la simple presunción?

Normalmente sí, porque el menor adquiere la nacionalidad de los padres y deja de estar en riesgo de apatridia.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad iberoamericana para ser español?

No, gracias a los convenios de doble nacionalidad y al régimen del Código Civil para iberoamericanos.

Información orientativa. Cada caso requiere revisión individual.